No nos ponemos de acuerdo entre los herederos, ¿puedo iniciar la sucesión yo solo?

No nos ponemos de acuerdo entre los herederos, ¿puedo iniciar la sucesión yo solo?

Una de las dudas màs frecuentes de las personas que nos consultan en el Estudio Jurìdico es cuando los diversos herederos no logran un acuerdo en el inicio de la sucesiòn.

Si quieres iniciar la sucesión de un familiar fallecido, es importante que sepas que no necesitas el consentimiento de los demás herederos, ya que la ley establece que cualquiera de ellos puede hacerlo. Los acreedores del difunto pueden hacer lo mismo para poder recuperar su crédito. Su abogado necesitará el certificado de defunción del difunto y, en su caso, un certificado de matrimonio o de nacimiento para probar la conexión con el difunto.

Si no cuenta con la documentación, le asesoramos sobre el proceso para obtenerla.

Los documentos necesarios para poder empezar a heredar son los siguientes:

  • DNI de los herederos que comienzan el trámite
  • Testamento (en caso de existir)
  • Acta de defunción
  • Documentación que certifica el vínculo:
    • Certificados de nacimiento y defunción de los hijos vivos (si corresponde).
    • Certificado de matrimonio (si es casado) o certificado de defunción del cónyuge.
  • Documentación que acredite los bienes: Copia del título de propiedad, en caso de ser necesario se solicitará el original. Factura ABL o ARBA del año en curso, propiedad reportada en herencia. Otros documentos que acrediten cuentas bancarias, derechos, acciones, etc.